ÁREA DE LA MUJER
           
   

El 8 de marzo de 1977 la oficina de los Naciones Unidas declaró ‘El Día Internacional de Mujeres Trabajadores’, y el color para representar los esfuerzos de las mujeres que murieron es el lila.

   


Proyecto ARTEMISA

Servicio de Consultas Jurídicas para la Mujer Trabajadora

 

Servicio de Consultas Jurídicas para la Mujer Trabajadora 

             
   

Resolución del Parlamento Europeo sobre la igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres.

   

Carteles Dia de la Mujer Trabajadora

www.ugtvinsa.com

             
   


LPRL. Artículo 26º. Protección de la maternidad.

 

   

 

1.      La evaluación de los riesgos a que se refiere el artículo 16 de la presente Ley deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente, a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto,, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluirán, cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o de trabajo a turnos.

 

2.      Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifique el médico que en el régimen de la Seguridad Social aplicable asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado. El empresario deberá determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos a estos efectos.
 El cambio de puesto o función se llevará a cabo de conformidad con las reglas y criterios que se apliquen en los supuestos de movilidad funcional y tendrá efectos hasta el momento en que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al anterior puesto.
 En el supuesto de que, aun aplicando las reglas señaladas en el párrafo anterior, no existiese puesto de trabajo o función compatible, la trabajadora podrá ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen.

 

3.      Lo dispuesto en los anteriores números de este artículo será también de aplicación durante el periodo de lactancia, si las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la mujer o del hijo y así lo certificase el médico que, en el régimen de Seguridad Social aplicable, asista facultativamente a la trabajadora.

 

4.      Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo

 

 


RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE LA IGUALDAD
DE OPORTUNIDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES
 

   


La historia de los derechos humanos de la mujer es muy reciente. Hasta principios del siglo XIX, en Europa, las mujeres no empezaran a salir de sombra y aparecer en la vida pública. Resulta bastante paradójico que la transición a la democracia, que coincidió con la revolución industrial y la ilustración en Europa, en realidad no propiciara el reconocimiento de la mujer como ser humano igual al hombre.

Durante la Revolución Francesa, Olymp de Gouz fue decapitada porque osó pedir la igualdad de derecho para las mujeres.

 
   


Sólo tras muchos años de lucha, las mujeres, una vez superado su papel tradicional, lograron finalmente, al menos en el plano jurídico, su pleno reconocimiento como seres humanos iguales a los hombres. El reconocimiento de los derechos humanos y políticos de las mujeres, su participación masiva en actividades educativas y económicas, los cambios experimentados por las funciones sociales de ambos géneros, así como las estructuras familiares, son todos factores que constituyen la resolución social pacífica de la historia de la humanidad.

En los últimos cuarenta años se han producido profundos cambios de actitud, mentalidad y estructuras: las mujeres han logrado salir de la limitada esfera doméstica y entrar en el mundo profesional, asumiendo mayores responsabilidades en su vida profesional, educación, actividades asociativas, ect. Sin duda, la asimetría se mantiene en perjuicio de las mujeres, pero las cosas están cambiando.

Desafortunadamente, el aparente aumento de la participación de la mujer en la vida educativa y económica no ha venido acompañada ni de una redistribución de las responsabilidades familiares ni de la representación de las mujeres en las estructuras Económicas.

Las continuas discriminaciones directas e indirectas y las desigualdades en el mercado laboral en prejuicio de las mujeres, las altas tasas de desempleo, una infraestructura social insuficiente, una distribución desigual del tiempo y de las responsabilidades entre hombres y mujeres, la violencia y el acoso sexual, la reproducción de estereotipos distorsionados en los medios de comunicación y el doble rasero de la moral sexual, aun existentes en muchas regiones europeas.

LA SITUACION EUROPEA ACTUAL: LA POLÍTICA EUROPEA

El examen de la política europea en materia de igualdad de oportunidades merece atención especial pues la Unión Europea constituye un marco institucional en el que los Estados miembros pueden impulsar la acción y emprender iniciativas. La contribución de la Unión Europea a la promoción de la igualdad de oportunidades ha sido notable en los últimos 40 años. Desde su creación, la Comunidad Europea ha reconocido el principio de igualdad salarial, ha desarrollado un grupo coherente de disposiciones jurídicas encaminadas a garantizar los mismos derechos a hombres y mujeres de todas las esferas de la vida.

El tratado de Amsterdam, que entró en vigor el 1 de mayo de 1999, ha consolidado el marco jurídico en el que se ha incluido la igualdad de géneros y, por primera vez, ha declarado que es una prioridad de la Unión Europea y los Estados miembros.

SOLUCIONES Y PROPUESTAS PARA UNA MAYOR PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES

La participación de las mujeres adquiere actualmente carácter imperativo, no sólo en la Unión Europea, sino en todo el mundo. La Red Europea "Women in Decisión -Making" (1992-1996) ha elaborado una serie de argumentos que explican tal necesidad.

1. Refuerzo de la Democracia

En todas las sociedades la democracia está basada en la participación de todas las personas en la toma de decisiones. Las mujeres constituyen la mitad de la población y tienen derecho a estar representadas proporcionalmente para que la democracia funcione bien.

2. Aplicación del principio de la igualdad de género

La igualdad es un derecho humano universal. Hay que abolir la división del trabajo y los dobles raseros; tanto hombres como mujeres tienen derecho a participar en las mismas condiciones en los ámbitos privado y público, superando la exclusión histórica de las mujeres.

3. Uso eficiente de los recursos humanos

Las mujeres constituyen la mitad de los recursos mundiales de talento y capacidad, y su infrarepresentación priva a la sociedad del uso eficiente de los recursos humanos.

CONCLUSIÓN

El objetivo global consiste en alcanzar el equilibrio entre mujeres y hombres, en el que ambos grupos puedan estar representados en pie de igualdad y puedan participar equitativamente desde el punto de vista del acceso y la promoción. A título personal solo me queda por decir que aunque la mujer ha dado un gran paso en la igualdad ante el hombre aún nos queda mucho por hacer y que todas nos debemos hacer responsables y no conformarnos.

             
   


CARTEL DIA DE LA MUJER TRABAJADORA 2004
 

   



   


CARTEL DIA DE LA MUJER TRABAJADORA 2003
 

   



   


CARTEL DIA DE LA MUJER TRABAJADORA 2002
 

   



   


CARTEL DIA DE LA MUJER TRABAJADORA 2001
 

   



 

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